BASES LEGALES PROMOCIÓN
“PREMIO PLUS: PREMIOS DIARIOS AGOSTO 2025”
NESTLE ESPAÑA S.A.U., (en adelante Nestlé), domiciliada en Esplugues de Llobregat (Barcelona), Calle Clara Campoamor, 2, y con N.I.F. A-08005449, realizará una promoción de ámbito nacional que se regirá por las siguientes bases:
BASES
Primera: Objeto de la promoción.- Incentivar la compra de los productos Nestlé amparados bajo la marca NESCAFÉ® Dolce Gusto®, ofreciendo premios entre los consumidores que formen parte del programa de fidelidad de “PREMIO” y acrediten su fidelidad a la compra de los mismos.
Segunda: Duración de la promoción.- El periodo promocional empezará el 1 de agosto de 2025 y finalizará el 31 de agosto de 2025.
Tercera: Ámbito geográfico.- La promoción será de ámbito nacional.
Cuarta: Ámbito personal.- Tendrán derecho a participar en la promoción todas aquellas personas, mayores de edad, con residencia en España, que cumplan los requisitos de las siguientes bases.
Quedan excluidos de la participación en esta promoción los empleados de Nestlé, así como las personas directamente vinculadas con la organización, protocolización y gestión de la promoción y, en general, las personas jurídicas.
Asimismo, quedan excluidos de la promoción los intermediarios, revendedores, titulares o colaboradores de establecimientos en los que se comercializan los productos participantes en la promoción.
Quinta: Productos participantes.- Podrán participar en la promoción los consumidores finales que adquieran packs de cápsulas de cualquier variedad y formato amparados bajo la marca NESCAFÉ® Dolce Gusto® comercializados en España por Nestlé.
Sexta: Premios.- Se adjudicarán dos tipos de premios otorgados mediante momento ganador:
- Premio “tarjeta crédito virtual 100€”: 31 premios consistentes cada uno en una (1) tarjeta de crédito virtual de 100€ netos a gastar en negocios online que se enviará al ganador por correo electrónico a la dirección de correo electrónico proporcionada por éste. La caducidad de la tarjeta quedará plasmada en esta.
- Premio “lote productos NESCAFÉ® Dolce Gusto®” : 31 premios consistentes cada uno en un (1) lote de productos NESCAFÉ® Dolce Gusto®, que se enviará a la dirección que haya indicado el ganador.
- Cada lote estará compuesto por 32 cajas de café de 16 cápsulas de NESCAFÉ® Dolce Gusto®, la selección de variedades de café las hará Nestlé.
Los premios están limitados a un máximo de un premio de cada tipo por persona.
En ningún caso podrá sustituirse el premio por otro premio, ni podrá cederse a otra persona distinta del ganador, a petición de éste.
Nestlé se reserva el derecho de que cualquiera de los premios quede desierto, en el caso que los participantes agraciados no cumplan los requisitos citados en estas bases o renuncien a los mismos.
Séptima: Requisitos para participar.- Podrán participar en la promoción y optar a alguno de los premios todas aquellas personas que, entre el 1 y el 31 de agosto de 2025, hayan introducido o escaneado el código que hay dentro de las cajas de NESCAFÉ® Dolce Gusto® o Starbucks® by NESCAFÉ® Dolce Gusto®.
Cada código introducido equivale a una participación en la promoción.
Octava: Mecánica de la promoción.- El participante deberá acceder a la página web www.dolce-gusto.es o a la aplicación NESCAFÉ® Dolce Gusto® e identificarse para acceder a su cuenta. En el caso de no estar registrado, deberá registrarse. El participante deberá proporcionar a Nestlé datos de contacto veraces, actualizados y funcionales.
Una vez identificado, deberá ir al apartado de “PREMIO CLUB”.
Para participar, deberá introducir el código de 12 dígitos o escanear el código QR que encontrará en el interior de la caja de NESCAFÉ® Dolce Gusto® o Starbucks® by NESCAFÉ® Dolce Gusto® que haya adquirido.
Una vez que haya introducido el código en la página del programa de fidelidad PREMIO, deberá:
- Seleccionar primero la opción de participar por el premio por el que quiere optar: “tarjeta crédito virtual 100€” o “lote productos NESCAFÉ® Dolce Gusto®”,
- Y, una vez seleccionado el premio deseado, clicar sobre el botón “solicitar el beneficio”.
El participante sabrá al instante, mediante un mensaje en pantalla, si su participación coincide con un “momento ganador”, es decir, si es el ganador del premio por el que ha optado (tarjeta de crédito virtual de 100 € o lote productos NESCAFÉ® Dolce Gusto®).
En caso de resultar ganador, el premiado deberá cumplimentar el “formulario de solicitud”, que le aparecerá en pantalla:
- En el caso de que haya obtenido la tarjeta crédito virtual 100€ deberá confirmar sus datos personales (nombre, correo electrónico y teléfono) para poder recibir la tarjeta de crédito virtual de 100€ en un plazo de 10 días laborables a contar desde la fecha de recepción del formulario.
- En el caso de que haya obtenido el lote productos NESCAFÉ® Dolce Gusto®, deberá indicar la dirección en la que quiere recibir dicho lote. Éste se entregará en un plazo de 15 días laborables a contar desde la fecha de recepción del formulario.
El participante tendrá 10 días para cumplimentar el “formulario de solicitud” que encontrará en la sección de “Mis Beneficios” de su cuenta. En el caso de que el participante no cumplimente el formulario en un plazo de 10 días, se entenderá que renuncia al premio y perderá el derecho al mismo.
Novena: Adjudicación de los premios.– Los premios se asignarán mediante la mecánica de “Momento Ganador”. La mecánica de “Momento Ganador” consiste en establecer un mes, día, hora, minuto y segundo concreto de todos los posibles durante la promoción e introducirlos en el servidor automático. Se definirán 62 momentos ganadores, dos al día (uno por cada tipo de premio) desde el inicio de la promoción hasta el final de esta.
Cada participación será capturada por el servidor automático en un mes, día, hora, minuto y segundo concretos, por lo que el programa informático comprobará si la participación ha coincidido con alguno de los “Momentos Ganadores” depositados ante Notario. En caso de no coincidir ninguna participación con un “Momento Ganador”, éste quedará abierto hasta que entre la siguiente participación.
Los “Momentos Ganadores” establecidos para los premios están especificados en el acta protocolizada ante el mismo notario de Barcelona, en un acta correlativa a la actual.
Nestlé se reserva el derecho de no entregar el premio al agraciado si se comprueba que ha existido fraude, manipulación, actividad o conducta malintencionada, o éste ha incumplido alguno de los requisitos establecidos en las presentes bases.
Nestlé se reserva el derecho de que el premio quede desierto, en el caso que el participante agraciado no cumpla los requisitos citados en estas bases o renuncien a los mismos.
Décima: Difusión de la promoción. – La Promoción se dará a conocer a los consumidores a través de los siguientes medios:
- Redes sociales de NESCAFÉ® Dolce Gusto®
- Por correo electrónico a los usuarios suscritos para recibir comunicaciones comerciales de NESCAFÉ® Dolce Gusto®
- Página web de NESCAFÉ® Dolce Gusto®
Décimo primera: Fiscalidad. A los premios del presente concurso, les resultará de aplicación la normativa vigente del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante, IRPF) en materia de premios que se entreguen como consecuencia de la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios.
De conformidad con lo anterior, los premios concedidos están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio (incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido) sea superior a 300 Euros, por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad Nestlé España, S.A.U. la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente.
Asimismo, el participante ganador deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del premio, al recibir el mismo y entregar fotocopia de su DNI. La ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido.
Décimo segunda: Tratamiento de datos personales. Los participantes en la promoción consienten inequívocamente que, en caso de resultar ganadores, sus datos personales (nombre y apellidos) puedan ser comunicados a terceros mediante su difusión a través de los medios que Nestlé estime más convenientes.
Los datos de carácter personal de los participantes en esta promoción serán tratados dando estricto cumplimiento a lo establecido en el Reglamento (UE) 2019/679, de 27 de abril de 2016, general de protección de datos (“RGPD”) así como a la legislación nacional aplicable en el momento de la promoción.
En el caso de las personas que se registren, en el momento de proceder a la recogida de los datos a través del formulario, se les informará de forma clara, precisa, suficiente y detallada acerca del almacenamiento temporal de sus datos en un fichero temporal y/o su incorporación a una base de datos permanente titularidad de Nestlé España S.A., de las finalidades para las que podrán ser destinados dichos datos (i.e. publicidad dirigida y marketing directo, compartir su información con buscadores en Internet o proveedores de redes sociales, mostrarle comunicaciones comerciales en sitios web, conocer sus actividades y opiniones y hacerle llegar ofertas y promociones basadas en su ubicación geográfica precisa, etc.), así como de los derechos que tienen los participantes sobre sus datos personales y los mecanismos para ejercerlos. La negativa a proporcionar los datos calificados como obligatorios implicará la imposibilidad de participar en la promoción o la de acceder a las prestaciones para los que eran solicitados.
Todos aquellos interesados cuyos datos personales sean objeto de tratamiento, podrán ejercitar gratuitamente los derechos de acceso, rectificación, cancelación, portabilidad, limitación y oposición al tratamiento o revocación del consentimiento, en su caso, dirigiéndose a Nestlé España, S.A. Apartado de Correos 1404, 08080 Barcelona, o a través de nuestro correo electrónico protecciondedatos@nestle.es.
Décimo tercera: Causas de descalificación de un participante de la promoción. Esta promoción se organiza con la pretensión de incentivar y fomentar la participación de todos los consumidores, premiando la fidelidad en condiciones de igualdad y con estricto respeto al principio general de la Buena Fe. Por ese motivo, Nestlé excluirá automática e inmediatamente de la misma a cualquier participante que transgreda las normas de la buena fe, observe una conducta mendaz o inadecuada, emplee medios fraudulentos o incumpla estas bases en cualquiera de sus extremos.
En cualquier caso, con carácter enunciativo, pero no limitativo, y en aquello que resulte de aplicación, se excluirá a cualquier participante de la promoción en los siguientes casos:
- Introducción de un código de barras o un código promocional inexistente, falso o alterado o ya utilizado en una participación anterior.
- Introducción de los datos relativos a un tique de compra inexistente, falso o alterado, o ya utilizado en una participación anterior.
- Falta de correlación entre los códigos promocionales o de producto y los tiques de compra que justifican su adquisición.
- No disponer, o no entregar a Nestlé el o los códigos de barras o promocionales originales o el tique o los tiques de compra, también originales, con los que se haya participado y que justifiquen haber resultado agraciado con cualquiera de los premios entregados en la presente promoción
- Empleo de vías, sistemas o dispositivos para alterar el sistema de votaciones, como la compra de votos, o la introducción automatizada de datos o códigos. La mera sospecha de que un participante está utilizando cualquier sistema automatizado para la introducción masiva o repetitiva de los datos o códigos necesarios para participar en la promoción, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.
- Introducción de datos personales inexactos, erróneos, no coincidentes o falsos. La constatación de que un participante ha introducido datos personales inexactos, alterados o falsos, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones en la promoción, y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.
- De igual modo, cualquier anomalía atribuible a un participante que impida, altere o perturbe el normal desarrollo de la promoción, que afecte o perjudique a cualquier otro participante, que pueda falsear los datos de participación, comprometa la seguridad o la fiabilidad de los sistemas técnicos utilizados para su desarrollo, o que contravenga, de algún otro modo las presentes bases, dará derecho a Nestlé a excluir unilateral e inmediatamente a dicho participante y a dar cuenta de los hechos a las autoridades competentes.
En caso de que las irregularidades, o cualesquiera otras, se detecten con posterioridad a la entrega efectiva de alguno de los premios, Nestlé se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales pertinentes contra su autor o responsable, entre otras, las tendentes a la devolución de los premios.
Décimo cuarta: aceptación de las bases.- La participación en la promoción implica la aceptación de las presentes bases por los interesados.
