BASES PROMOCIÓN “SORTEO CAFETERA MINI ME + 3 CAJAS COMPRA MÍNIMA 55€”
NESTLE ESPAÑA S.A.U., (en adelante Nestlé), domiciliada en Esplugues de Llobregat (Barcelona), C/ Clara Campoamor nº 2, y con N.I.F. A-08005449, realizará una promoción de ámbito nacional en la que se sorteará 1 lote de producto.
La promoción se regirá por las siguientes bases:
BASES:
Primera: Duración de la promoción: El periodo promocional empezará el 5 de febrero de 2024 y finalizará el 11 de febrero de 2024.
Segunda: Ámbito geográfico.- La promoción será de ámbito nacional.
Tercera: Ámbito personal.- Tendrán derecho a participar en el sorteo todas aquellas personas, mayores de edad, con residencia en España, que reciban la newsletter de la promoción y cumplan los requisitos de las presentes bases.
La promoción no es aplicable a los empleados de Nestlé, ni a cualquier persona implicada profesionalmente en esta promoción.
Cuarta: Premio.- Se sortearán (3) lotes de productos NESCAFÉ® DOLCE GUSTO® compuestos cada uno por:
- 1 cafetera NESCAFÉ DOLCE GUSTO modelo Mini Me.
- 1 cafetera NESCAFÉ DOLCE GUSTO modelo Mini Me.
- 1 pack Espresso Intenso de 16 cápsulas de NESCAFÉ Dolce Gusto
- 1 pack Café con Leche de 16 cápsulas de NESCAFÉ Dolce Gusto
- 1 pack Cappuccino de 16 cápsulas de NESCAFÉ Dolce Gusto
Nestlé se reserva el derecho a modificar los artículos que componen el lote por otros similares de igual o mayor valor.
El premio se adjudicará mediante sorteo que se realizará a través de Easypromos el 12 de febrero de 2024 entre las participaciones registradas entre las fechas de la promoción, es decir, entre el 5 y 11 de febrero de 2024, obteniendo del sorteo a tres ganadores aleatorios distintos, cada uno ganará uno de los tres lotes.
Tras adjudicar aleatoriamente a los tres ganadores del sorteo, se designará, asimismo, cinco (5) reservas para el caso de que cualquiera de los premiados no cumpliera los requisitos de estas bases para la obtención del premio o renuncie al mismo. El orden de sustitución de las reservas será el mismo en el que éstas fueron designadas.
Una vez obtenidos los ganadores y suplentes mediante este procedimiento, Easypromos procederá a guardar dicha información y ya no se podrá repetir el proceso de selección de ganadores y suplentes. Tras la realización del sorteo, Easypromos emitirá un Certificado de Validez, en el que se certifica el procedimiento utilizado y los ganadores y suplentes que se han obtenido a través de ese mecanismo.
El resultado se comunicará personalmente al agraciado por Nestlé mediante los datos de contacto que se hayan facilitado a Nestlé. Para ello es necesario que dichos datos sean veraces y funcionales.
Nestlé enviará un e-mail al ganador, comunicándole que ha resultado ganador y solicitándole confirmación de su dirección para poder gestionar el envío del premio. El agraciado tendrá un plazo de máximo de 15 días desde la fecha de la primera notificación para facilitar la dirección de su domicilio. Si pasado el citado plazo Nestlé no hubiera recibido la información necesaria, se entenderá que el ganador renuncia al premio y Nestlé pasará a contactar con el suplente correspondiente.
En ningún caso los ganadores podrán ceder el premio a otra persona distinta, ni podrá sustituirse a su petición el premio por otro alternativo.
Nestlé se reserva el derecho de que el premio quede desierto en el caso de que ni los participantes agraciados ni los reservas cumplan los requisitos citados en estas bases.
Quinta: Mecánica de la promoción. - Nestlé enviará la newsletter de la promoción en la que para participar será necesario que el usuario pulse el botón de “QUIERO PARTICIPAR” incluido en el mail y haga una compra por un importe total mínimo de 55,00€ en la web NESCAFÉ DOLCE GUSTO www.dolce-gusto.es. Será necesario que el correo electrónico utilizado para realizar el pedido coincida con el de recepción de la newsletter de la promoción. En caso contrario, Nestlé no podrá verificar que el participante cumple con los requisitos de la promoción y, por lo tanto, no se le podrá incluir en el sorteo.
Sexta: Difusión de la promoción. - La promoción se difundirá exclusivamente a través de la newsletter de NESCAFÉ Dolce Gusto enviada por correo electrónico a los usuarios dados de alta en dicha plataforma.
Séptima: Fiscalidad. Al premio de la presente promoción, le será de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones posteriores; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y el artículo 48, apartado 6, y apartado 7, número 12 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de Regulación del Juego; Orden EHA/388/2010 de 19 de febrero, por el que se aprueba la tasa sobre apuestas y combinaciones aleatorias, autoliquidación, se determina el lugar y forma de presentación y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil NESTLÉ ESPAÑA, S.A. la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).
De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes en la presente promoción de que el premio concedido por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios está sujeto a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio sea superior a 300 Euros.
En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, NESTLÉ ESPAÑA, S.A. practicará la correspondiente retención e ingreso a cuenta sobre el premio entregado y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al participante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el premio recibido, junto con el resto de las rentas que perciba, y de cuya cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta. El participante ganador deberá confirmar el día de la entrega del premio sus datos personales, así como mostrar su DNI o Tarjeta de Residente. Con el fin de que puedan ser efectuadas la retención mencionada en el punto anterior, el ganador deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del premio, al recibir el mismo y entregar fotocopia de su DNI. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción del premio.
La cumplimentación de los datos personales y fiscales del ganador, necesarios para la entrega del premio, tiene carácter obligatorio, de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido.
Octava: Tratamiento de datos personales. Los participantes en la promoción consienten inequívocamente que, en caso de resultar ganadores, sus datos personales (nombre y apellidos) puedan ser comunicados a terceros mediante su difusión a través de los medios que Nestlé estime más convenientes.
Los datos de carácter personal de los participantes en esta promoción serán tratados dando estricto cumplimiento a lo establecido en el Reglamento (UE) 2019/679, de 27 de abril de 2016, general de protección de datos (“RGPD”) así como a la legislación nacional aplicable en el momento de la promoción.
Novena: Causas de descalificación de un participante de la promoción. Esta promoción se organiza con la pretensión de incentivar y fomentar la participación de todos los consumidores, premiando la fidelidad en condiciones de igualdad y con estricto respeto al principio general de la Buena Fe. Por ese motivo, Nestlé excluirá automática e inmediatamente de la misma a cualquier participante que transgreda las normas de la buena fe, observe una conducta mendaz o inadecuada, emplee medios fraudulentos o incumpla estas bases en cualquiera de sus extremos.
En cualquier caso, con carácter enunciativo pero no limitativo, y en aquello que resulte de aplicación, se excluirá a cualquier participante de la promoción en los siguientes casos:
1. Introducción de un código de barras o un código promocional inexistente, falso o alterado o ya utilizado en una participación anterior.
2. Introducción de los datos relativos a un ticket de compra inexistente, falso o alterado, o ya utilizado en una participación anterior.
3. Falta de correlación entre los códigos promocionales o de producto y los tickets de compra que justifican su adquisición.
4. No disponer, o no entregar a Nestlé el o los códigos de barras o promocionales originales o el ticket o los tickets de compra, también originales, con los que se haya participado y que justifiquen haber resultado agraciado con cualquiera de los premios entregados en la presente promoción
5. Empleo de vías, sistemas o dispositivos para dispositivos para alterar el sistema de votaciones, como la compra de votos, o la introducción automatizada de datos o códigos. La mera sospecha de que un participante está utilizando cualquier sistema automatizado para la introducción masiva o repetitiva de los datos o códigos necesarios para participar en la promoción, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.
6. Introducción de datos personales inexactos, erróneos, no coincidentes o falsos. La constatación de que un participante ha introducido datos personales inexactos, alterados o falsos, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones en la promoción, y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.
7. De igual modo, cualquier anomalía atribuible a un participante que impida, altere o perturbe el normal desarrollo de la promoción, que afecte o perjudique a cualquier otro participante, que pueda falsear los datos de participación, comprometa la seguridad o la fiabilidad de los sistemas técnicos utilizados para su desarrollo, o que contravenga, de algún otro modo las presentes bases, dará
derecho a Nestlé a excluir unilateral e inmediatamente a dicho participante y a dar cuenta de los hechos a las autoridades competentes.
En caso de que las irregularidades, o cualesquiera otras, se detecten con posterioridad a la entrega efectiva de alguno de los premios, Nestlé se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales pertinentes contra su autor o responsable, entre otras, las tendentes a la devolución de los premios.
Décima: aceptación de las bases.- La participación en la promoción implica la aceptación de las presentes bases por los interesados.
